
Para notarios
Da fe de una evidencia digital que ya llega verificada
El compareciente aporta la captura ya hasheada y sellada desde el momento de la adquisición — verifícala desde el portal público antes de incorporarla al acta, sin depender de tu propio procedimiento de captura.
El problema
Por qué dar fe de un contenido digital no es tan simple
Dar fe de un contenido digital exige poder verificarlo, no solo verlo
Una captura de pantalla o un vídeo aportado por el compareciente no basta por sí solo — hace falta algo que se pueda comprobar de forma independiente, no solo la palabra de quien lo trae.
El acta de contenido digital no debería depender del procedimiento propio del notario
Si el propio notario tiene que capturar la pantalla en el momento de la comparecencia, cada acta depende de ese procedimiento — sin un hash y un sello ya aplicados desde antes de llegar a la notaría.
El contenido digital cambia o desaparece antes de la comparecencia
Una publicación, una conversación, una página web — pueden editarse o borrarse entre que el cliente lo ve y consigue cita.

Cómo se usa
De la comparecencia a la verificación
Evidencia ya sellada, lista para el acta
El compareciente llega con la captura ya hasheada y con sello RFC 3161 desde el momento de la adquisición — no hace falta capturarla de nuevo.
Verificación pública, sin instalar nada
Comprueba hash, sello y procedencia desde el portal público de verificación, con un enlace o un QR — sin cuenta ni software propio.
Doble sello, cliente y servidor
Un segundo sello independiente, obtenido por el servidor al recibir el artefacto, refuerza la fecha frente a un reloj de cliente cuestionado.
Registro de quién consultó la evidencia
Queda constancia de que se accedió a verificarla, con fecha e IP — trazabilidad adicional para el acta.

Empecemos
Hablemos de cómo verificar evidencia para un acta
Te mostramos el portal de verificación pública y cómo comprobar hash y sello en un par de minutos.